Autorizan el traslado de mascotas en micros y trenes de larga distancia

Una resolución nacional equipara estos servicios con el transporte aéreo y habilita viajar con animales de compañía bajo condiciones estrictas de seguridad, higiene y responsabilidad.

Sociedad23/12/2025RedacciónRedacción

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Redacción - El Gobierno nacional, a través de la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía, habilitó el traslado de mascotas en servicios de micros y trenes de larga distancia, subsanando un vacío legal que hasta ahora diferenciaba a estos medios del transporte aéreo. La medida fue oficializada mediante la Resolución 2076/2025 y establece un marco regulado que prioriza la seguridad vial y la salubridad.

La normativa no contempla un traslado libre de animales, sino que fija requisitos precisos. Las mascotas deberán viajar obligatoriamente dentro de un contenedor o transportador adecuado, que deberá permanecer cerrado durante todo el trayecto. El dispositivo podrá ubicarse sobre la falda del pasajero responsable, debajo del asiento delantero o en un asiento contiguo, siempre que este haya sido adquirido y el contenedor esté correctamente asegurado con el cinturón de seguridad.

La responsabilidad total del animal recaerá sobre un pasajero adulto, quien deberá acreditar la vacunación antirrábica vigente y presentar cualquier otra documentación que exija la reglamentación al momento del abordaje o de una eventual fiscalización. Además, se autoriza el traslado de un solo animal doméstico por pasajero.

El dueño será garante de que la mascota no genere molestias a terceros y deberá velar por su cuidado y bienestar durante todo el viaje. En paralelo, la resolución otorga a las empresas de transporte la facultad de definir los aspectos operativos del servicio, como las especies, razas, pesos y dimensiones admitidas, así como posibles restricciones según días, horarios o recorridos.

También se habilita el cobro de una tarifa adicional por el traslado del animal, la cual deberá ser razonable, acorde a los valores de mercado y comunicada de manera transparente, conforme a la Ley de Defensa del Consumidor. Asimismo, las compañías estarán obligadas a garantizar la limpieza y desinfección de los asientos utilizados una vez finalizado el viaje.

La norma prevé, además, que las estaciones y paradas adapten su infraestructura para ofrecer espacios señalizados y acondicionados que faciliten la espera y el abordaje de pasajeros que viajen con mascotas.

Cabe aclarar que los perros guía o de asistencia para personas con discapacidad continúan bajo su régimen legal específico y no se ven alcanzados por estas nuevas disposiciones ni por eventuales cargos adicionales.

Con esta decisión, el Gobierno busca modernizar y armonizar el sistema de transporte federal, reconociendo la creciente demanda de los usuarios de viajar con sus animales de compañía, dentro de un esquema que refuerza la responsabilidad civil y la seguridad operativa.

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